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Asignación

Asignaciones
1 UF

El Servicio de Bienestar otorgará mensualmente la asignación de Jardín Infantil, definida por cada hijo que sea carga familiar de una socia y que asista a un Jardín Infantil.

Requisitos
  • Antigüedad de 4 meses
  • Beneficio solo para personal femenino
  • Hijo carga legal entre 1 a 4 años
  • Presentar boleta de pago mensual
  • Plazo de presentación 60 días
  • Asignación se cancela a través de liquidación de sueldo
Socios que contraigan matrimonio en el Registro Civil
$ 150.000.-

El Servicio de Bienestar otorgará al o los socios que contraigan matrimonio, la asignación, definida en la tabla de beneficios vigentes a la fecha del Contrato Matrimonial efectuado en el Registro Civil, sólo si se cumplen las siguientes exigencias administrativas y prerrequisitos.

Requisitos
    • Antigüedad de 4 meses
    • Certificado de matrimonio
    • Plazo de presentación 60 días
    • Asignación se cancela a través de liquidación de sueldo
Socios que contraigan AUC en el Registro Civil
$ 150.000.-

El Servicio de Bienestar otorgará al o los socios que contraigan AUC.

Requisitos
    • Antigüedad de 4 meses
    • Certificado de matrimonio
    • Plazo de presentación 60 días
    • Asignación se cancela a través de liquidación de sueldo
En caso de ser el padre y la madre Socios, la asignación se cancelará a cada socio.
$ 250.000.-

El Servicio de Bienestar otorgará al socio la asignación por natalidad, definida en la tabla de beneficios vigente a la fecha del nacimiento, por cada hijo que naciera. En caso de ser el padre y la madre Socios, la asignación se cancelara a cada socio.

Requisitos
    • Antigüedad de 4 meses
    • Certificado de matrimonio
    • Plazo de presentación 60 días
    • Asignación se cancela vía transferencia
Ayuda especial de cobertura por día de Residencial u Hotelería por estadía en Santiago.
UF 0,6

El Servicio de Bienestar otorgará una ayuda especial de cobertura por día de Residencial u Hotelería por estadía en Santiago, sólo para situaciones límites de salud, en la cual por razones de carencia en las especialidades médicas o falta de implementación Clínica el médico tratante proceda a derivar al paciente a Santiago.

Requisitos
  • Ayuda especial de cobertura por día de Residencial u Hotelería por estadía en Santiago
  • Sólo para situaciones límites de salud
  • Presentar Derivación y Orden de Atención emitida por el médico tratante
  • Beneficio se cancela vía transferencia